¿QUE ES CONTRALORÍA SOCIAL?

La Contraloría Social es un grupo de beneficiarios, que de manera organizada, verificaran el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al Programa PRODEP.

- ¿QUÉ VIGILA LA CONTRALORÍA SOCIAL?

  1. Que se difunda la información suficiente, veraz y oportuna sobre la operación del programa.
  2. Que el otorgamiento de los apoyos sean con calidad, calidez, eficiente, eficaz, oportuno y de manera transparente.
  3. Que las autoridades competentes brinden atención a las quejas o denuncias relacionadas al programa.


- ¿QUE ES UN COMITÉ DE CONTRALORÍA SOCIAL:

Las formas de organización social constituidas por los beneficiarios referidas en el artículo 67 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, que llevan a cabo el seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución, cumplimiento de las metas y acciones comprometidas, así como de la correcta aplicación de los recursos asignados a los mismos.

- OBJETIVO DE LOS COMITÉS DE CONTRALORÍA SOCIAL

Colaborar en forma VOLUNTARIA ACTIVA y de manera representativa con organismos oficiales, seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución, cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos asignados.

- ¿CUALES SON LAS FUNCIONES QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS COMITES DE CONTRALORIA SOCIAL:

  1. Representar los intereses y actuar como grupo de enlace entre la comunidad, las autoridades locales y autoridades centrales.
  2. Vigilar el adecuado manejo de los recursos financieros y que cumplan con el objetivo para el que fueron otorgados.
  3. Capturar y canalizar las Quejas o Denuncias a las áreas correspondientes.
  4. Reportar cualquier anomalía que se presente durante el proceso de la ejecución y culminación de los recursos Financieros.


MEDIDAS PARA PROMOVER LA EQUIDAD DE GÉNERO ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN LA INTEGRACIÓN DE LOS COMITÉS.

Dentro del Programa para el Desarrollo Profesional Docente (PRODEP) mismo que se rige por Reglas de operaciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, donde menciona en el objetivo para el Tipo superior, “Profesionalizar a las/los PTC, ofreciendo las mismas oportunidades a mujeres y hombres para acceder a los apoyos que otorga el Programa, a fin de que alcancen las capacidades de investigación-docencia, desarrollo tecnológico e innovación y con responsabilidad social…”

Por lo anterior, podemos mencionar que para la formación de los comités deberán de ser de manera equitativa.



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